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Revisa bien el contrato de la comercializadora eléctrica ¿Conoces la fórmula de indexado?

Hoy en día, cuando se realiza un cambio de comercializadora eléctrica o de gas, siempre nos preguntamos cuál es la mejor opción, cuál nos proporciona un precio de energía más barato, si el precio de potencia es el que nos indica en el BOE, si nos añaden algún término extra en la factura que no conocemos, y muchas otras cuestiones.
En este post nos centraremos en el precio de energía que nos proporcionan las comercializadoras en Indexado, en concreto, en la fórmula en la cuál se calcula el precio final de la energía y la importancia de su revisión antes de firmar un contrato de suministro eléctrico.
Comenzamos recordando que el precio de la energía en Indexado es el precio de la electricidad en el mercado mayorista, el cual va variando constantemente. Por lo que, una tarifa Indexada es aquella donde pagas el kWh al mismo precio que el mercado mayorista en el momento que se consume.
A estos precios, los cuales se pueden consultar en la página www.omie.es, hay que sumarle el coste de peajes, capacidad, desvíos…
En estos casos, las comercializadoras obtienen un beneficio de la ‘compra-venta’ de la energía añadiendo en la formula un concepto de comisión o retribución de la comercializadora (en adelante FEE), ya sea en función de los kWh consumidos o con un precio fijo mensual.
De esta manera, el valor con el que juegan las distintas comercializadoras (donde se ve reflejada su ganancia) y con el cuál se puede comparar con otras comercializadoras es el FEE. Aun así, este FEE puede contener varios conceptos, es por ello que debemos fijarnos en la fórmula de Indexado.
Para mostrar como pueden variar cada formula y el coste de esta retribución pasamos a analizar dos fórmulas que usan actualmente para calcular el precio de la energía en dos comercializadoras.

Comercializadora 1:

  • Importe: Importe total a facturar [€]
  • EBCh: Energía con pérdidas [MWh]
  • PMDh: Precio OMIE. [€/MWh]
  • PCh: Pagos por Capacidad [€/MWh]
  • SCh: Sobrecoste REE [€/MWh]
  • CSIh: Interrumpibilidad [€/MWh]
  • CDh: Coste Desvio [€/MWh]
  • ROh: Retribución al Operador del Mercado y Sistema [€/MWh]
  • AFNEEh: Aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética [€/MWh]
  • COh: Coste Operación Comercializadora [€/MWh]
  • CFh: Coste Financiero Comercializadora [€/MWh]
  • FEEh: Retribución/Comisión Comercializadora [€/MWh]
  • TM: Impuesto municipal [%]

En este caso, podemos observar que la comercializadora tiene hasta 3 conceptos dentro de la formula donde se lleva un ‘beneficio’. El concepto más visible que muestran las comercializadoras al realizar los contratos es la retribución (el FEE), el resto de los valores deben de encontrarse en las condiciones generales del contrato.

Comercializadora 2:

  • Coh: Consumo del cliente [MWh]
  • REEh: Suma de los componentes de la energía consumida. [€/MWh]
  • PCh: Pagos por capacidad [€/MWh]
  • ROh: Retribución al Operador del Mercado y Sistema [€/MWh]
  • %Pérdidash: Porcentaje perdidas según tarifa ATR [%]
  • FEE: Retribución Comercializadora, incluyendo: costes operativos, intermediación, desvíos, aportación al Fondo Nacional de Eficacia Energética, gastos financieros. [€/MWh]
  • TM: Tasa Municipal [%]
  • Peajeh: Peajes de Acceso de Terceros a la Red [€/MWh]
  • IMP: Impuesto especial eléctrico, de valor añadido, impuesto General Indirecto Canario… [€/MWh]

Para esta fórmula, en el FEE ya tiene incluido muchos de los conceptos que en el anterior ejemplo están fuera, como puede ser la aportación de Fondo Nacional de Eficiencia Energética, gastos financieros o coste operación comercializadora.
Teniendo en cuenta, como se ha indicado anteriormente, que el concepto de la fórmula con el que juegan las comercializadoras a la hora de ofrecer un precio en Indexado es el FEE, hay que conocer bien los términos que la componen al igual que el valor de cada uno de ellos pasa saber qué condiciones son mejores. Por ello, siempre es recomendable realizar una comparativa de las condiciones antes de firmar cualquier contrato.
En este caso, el beneficio por realizar revisión acertada se resume en un ahorro económico anual que dependerá del consumo.
Uno de los servicios que ofrece Serenia como Asesoría Energética es el de revisión de nuevos contratos energéticos antes de su firma. De esta manera, puedes tener una comprensión más clara de las condiciones de cada comercializadora antes de optar por una. No dudes en ponerte en contacto con nosotros si crees que lo necesitas, estaremos encantados de estudiar tu caso y proporcionarte la ayuda necesaria para que tomes la mejor decisión basada en tus necesidades.

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